Medidas aprobadas por el MGAP y otros organismos estatales frente al déficit hídrico

Debido a la situación conocida por todos a causa de la sequía en nuestro país, se desarrollaron una serie de medidas de apoyo al sector coordinadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) además de otras instituciones nacionales.

Las medidas otorgadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca son:

  • Pastoreo habilitado en rutas: Por la Resolución N.o 218/022 del 30/12/2022 se habilitó el pastoreo en la vía pública para las zonas más afectadas con permiso expedido por zonales del MGAP.
  • Fondo agropecuario de emergencia: atiende las perdidas de los establecimientos afectados por la sequía extrema, principalmente a los productores o sectores que se vean más afectados.
    Créditos con República Microfinanzas con tasas subsidiadas y plazos extendidos. Ejemplo: La primera cuota se paga en noviembre del 2025. La tasa en dólares es 2%, 14% en pesos, para el productor, el resto es subsidiado por el MGAP.
  • Convenios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca con ciertas Intendencias (Colonia, San José, Tacuarembó): estos convenios vienen siendo otorgados desde pasadas emergencias. Se refiera a ciertos fondos que son destinados a las Intendencias para que estas tengan recursos para ayudar a los productores y al sector en sí.
    Por ejemplo, apoyo para limpieza y mantenimiento de tajamares y/o vales para compra de alimentación para animales en caso de pequeños productores, así como también asistencia con agua potable en los casos mas extremos.
  • Sistema Nacional de Garantías (SiGa): A partir del lunes 13 de febrero las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) del sector agropecuario podrán acceder a garantías del (SiGa), abonando una comisión única bonificada de 0,6% anual para los créditos de capital de trabajo de hasta 36 meses, que soliciten mientras se extienda la Emergencia Agropecuaria.

Además del MGAP otros organismos públicos bridaron apoyo como:

  • BPS: que mediante el Decreto N.o 5-023 del 12/01/2023, prorrogó el vencimiento de los aportes correspondientes al tercer cuatrimestre del 2022 hasta el 28 de febrero de 2023.
  • DGI: Al igual que BPS, la DGI estableció que el vencimiento para abonar las retenciones de IRPF del sector será hasta el 24 de febrero 2023.
  • Banco República Oriental del Uruguay (BROU): dicto que otorgara a los productores afectados por la sequia una prorroga de 180 días en los vencimientos de los prestamos que con ellos tengan, haciendo efectiva dicha extensión de forma automática, sin costo ni intereses para prestamos de hasta U$S 200.000 que al 31/12/2022 tenían créditos vigentes y con vencimientos en el periodo del 01/01/2023 y 30/06/2023. Quienes deseen anular este beneficio deberán comunicarlo al BROU antes del 31/07/2023.
  • Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE): Otorgará créditos a las empresas afectadas por la emergencia Agropecuaria, si bien ya tenían planes anteriores a partir de 01/2023 ampliaron los rubros a ganadería, lechería, horticultura, fruticultura y agricultura
  • UTE: Otorga las siguientes medidas:
    • Beneficio comercial: el cargo de la energía de Punta se igualará al valor del Llano en las Tarifas Triple Horario o al precio de Fuera de Punta la Tarifa Residencial Doble Horario. Este descuento del 15% rige desde el mes de noviembre del 2022 y se extiende hasta octubre 2023.
    • Descuento del 15%: sobre los conceptos energéticos para los suministros de riego eléctricos de uso productivo, el cual se aplicará hasta el 31 de marzo 2023.
    • Financiamiento: S otorga la posibilidad de solicitar financiamiento por el uso energético de los primeros tres meses del 2023, los cuales se podrán abonar hasta en 6 cuotas desde el mes de julio 2023 sin multa, intereses ni recargos.
  • ANEP: Autorizó a que pequeños productores puedan llevar a sus animales a pastoreo en terrenos de escuelas rurales. Hay cerca de 1.000 predios de este tipo en Uruguay.
  • Ministerio de Defensa: Apoyo coordinado junto a MGAP para limpieza de tajamares y aguadas con maquinaria propia y perforaciones para obtener agua para riego o consumo humano, en todo el territorio nacional.
  • BCU: autoriza a bancos, cooperativas de intermediación financiera y empresas administradoras de créditos, a extender por hasta 180 días los vencimientos de créditos a plazo fijo o préstamos amortizables, para empresas comprendidas en la Emergencia Agropecuaria sin necesidad de recategorización de deuda.

Fuentes:

MGAP https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/
GUB.UY https://www.gub.uy/