Vencimientos Registro de Estados Contables en AIN año 2021

En esta oportunidad publicamos el calendario de vencimientos para el Registro de Estados Contables a través de las Central de Balances Electrónica de la Auditoría Interna de la Nación.

El plazo para registrar los EECC es de 180 días corridos a partir de la fecha de cierre y de acuerdo con el calendario publicado, los días de vencimiento son los siguientes: 

Fecha de Cierre 

Vencimiento 

31/7/20 

27/1/21 

31/8/20 

27/2/21 

30/9/20 

5/4/21 

31/10/20 

6/5/21 

30/11/20 

5/6/21 

31/12/20 

6/7/21 

31/1/21 

6/8/21 

28/2/21 

3/9/21 

31/3/21 

1/10/21 

30/4/21 

27/10/21 

31/5/21 

27/11/21 

30/6/21 

27/12/21 

De acuerdo a la normativa los obligados a presentar sus EECC válidamente emitidos y, en su caso, aprobados, son: sociedades comerciales, sociedades y asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, sociedades y asociaciones agrarias, entidades no residentes que cumplan con las condiciones que establece el Art. 2º. De la Ley 18.930, fideicomisos y fondos de inversión no sometidos a regulación por parte del BCU., siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones,

  • cuando los ingresos de sus actividades ordinarias, al cierre de cada ejercicio anual superen las 26.300.000 unidades indexadas.
  • cuando obtengan ingresos que superen las 4.000.000 unidades indexadas al cierre de cada ejercicio anual, siempre que al menos el 90% de los mismos generen rentas que no sean de fuente uruguaya.

Para tomar los ingresos se considera el ejercicio anterior y si no corresponde a un ejercicio de 12 meses, se hace un prorrateo de dichos ingresos, y, a su vez, la normativa establece que la UI a tomar es la de fecha de cierre del ejercicio.

Como ya hemos publicado en anteriores oportunidades, la no publicación de los EECC trae consecuencias pecuniarias como las que detallamos a continuación:

  • No se puede distribuir utilidades hasta tanto no se cumpla con el registro de los EECC
  • Multas por incumplimiento de registrar en plazo:
    • Se aplica multa de 2.000 UI
    • Si se registra un nuevo incumplimiento en un plazo de 5 años, la multa es de 3.000 UI
  • Incumplimiento de la prohibición de distribuir utilidades:
    • Se aplica multa de 125.000 UI
    • Si se registra un nuevo incumplimiento en un plazo de 5 años, la multa es de 250.000 UI

Nota: las multas no pueden superar las 10.000 UR

  • Suspensión del CVA (Certificado de Vigencia Anual) de DGI

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